El Servicio de Reumatología del Hospital Rivadavia, siendo referente y contando con la experiencia de más de 20 años en el estudio, terapéutica y formación de postgrado en Síndrome de Sjögren, en Argentina, solicitó a la SAR la integración a sus Grupos de Estudio (GESAR) el correspondiente al Síndrome de Sjogren.
Se conforma así el Grupo de Estudio Síndrome de Sjögren Argentino (GESSAR), que a partir del año 2007 inicia el camino hacia los objetivos fijados por la entidad madre, teniendo como base al Servicio de Reumatología del Hospital B.Rivadavia.
- NORMATIVAS PARA LA CREACIÓN Y DESEMPEÑO DE LOS GRUPOS DE ESTUDIO DE LA SOCIEDAD ARGENTINA DE REUMATOLOGÍA:

- La comisión directiva de la Sociedad Argentina de Reumatología (SAR) en su reunión plenaria del 19 de diciembre de 2006 aprobó la normativa que regula la formación y funcionamiento de los grupos de estudio de la SAR (GESAR).

- El objetivo de la formación de los GESAR es crear un ámbito de trabajo que promueva la investigación en múltiples áreas de diferentes patologías en nuestra especialidad, en el cual los reumatólogos de todo el país afiliados a la SAR puedan participar y/o desarrollar proyectos que permitan avanzar en el conocimiento científico relacionado con aspectos concretos de las enfermedades reumáticas.

- Los GESAR deben estar abiertos a todos los socios titulares y adherentes de la SAR.

- La configuración de los GESAR estará regida en su composición por criterios de equidad, en su funcionamiento por criterios de operatividad y en su dedicación por criterios de servicio al interés general.

- Una subcomisión dentro de la comisión directiva de la SAR será la encargada del cumplimiento de estos principios básicos así como de promover la formación de GESAR a instancias propias o de socios de la SAR.

- La comisión directiva de la SAR establece la normativa que se detalla a continuación:

- OBJETIVOS Y ACTIVIDAD

- El objetivo primario de los GESAR es desarrollar proyectos de investigación y/o formativos relacionados con diferentes aspectos de las patologías reumatológicas.

- Como objetivos secundarios pueden también colaborar en la promoción y organización de actividades científicas del área correspondiente que se encuentren en la agenda de actividades de la SAR. Los GESAR pueden asesorar a la comisión directiva de la SAR y al comité científico del congreso argentino sobre temas que deberían ser tratados en el mismo, así como sugerir qué personas son las más idóneas para tratar dichos temas.

- Los GESAR deben celebrar una reunión científica y administrativa al menos una vez al año coincidiendo con el congreso argentino de reumatología.

- Los GESAR deben enviar un informe anual de las actividades realizadas por ellos a la comisión directiva de la SAR.

- Los GESAR cuentan con el espacio edilicio de la SAR para celebrar reuniones científicas y/o administrativas durante el año siempre y cuando este espacio sea solicitado con una antelación no menor a 1 mes y no coincida con otras actividades científicas, docentes o administrativas de la SAR.

- DE SUS MIEMBROS

- Podrán ser miembros de los GESAR todos los socios titulares y adherentes de la SAR que tengan sus cuotas al día. Cada socio de la SAR puede pertenecer a los GESAR que desee.

- Cada GESAR tendrá 2 coordinadores con una duración en el cargo de 4 años. La renovación de los cargos se realizará coincidiendo con la reunión administrativa anual del grupo y se hará por consenso mayoritario de los miembros del grupo, pudiendo los coordinadores ser reelectos las veces que crean conveniente. Los requisitos para ser coordinador de la GESAR son los mismos que para ser miembro del grupo. En caso de renuncia o incapacidad física de alguno de los coordinadores GESAR se procederá a la elección de uno nuevo en la reunión próxima inmediata del grupo en cuestión. Esto debe ser informado a la brevedad a la subcomisión de GESAR.

- Los coordinadores mantendrán una estrecha relación con los miembros de la subcomisión de GESSAR e informarán con una periodicidad de al menos 6 meses de los actos de su GESAR. Los cargos de coordinador de GESSAR son compatibles con cualquier otro cargo dentro de la SAR.

- CREACION, ACTIVIDADES Y DISOLUCION DE LOS GESAR

- Para la creación de un GESAR debe formalizarse por parte de los promotores una petición a la comisión directiva de la SAR que incluya:

- El interés, los objetivos, actividades previas si las hubiese, proyecto que se pretende llevar a cabo y nombre de los coordinadores.

- Los GESAR deberán mantener reuniones regulares de sus miembros para desarrollar las actividades que propusieron o le fueron encomendadas.

- Es imprescindible al menos una reunión anual científica/administrativa. Si esto no se cumple puede ser motivo suficiente para que la comisión directiva de la SAR decrete la disolución del grupo.

- Los Coordinadores deberán informar con una antelación de 20 días previos al congreso argentino la actividad y/o el tema que desarrollarán durante el mismo.

- Los GESAR no podrán organizar reuniones (jornadas, simposios, etc.) que no estén aprobadas previamente por la comisión directiva de la SAR.

- Los GESAR serán autónomos en la organización y desarrollo de sus reuniones pero deben informar con la periodicidad antedicha a la subcomisión de GESAR.

- No podrá cobrarse ninguna suma de dinero para pertenecer a un GESAR.

- Los GESAR no podrán recibir sumas de dinero de terceros para el financiamiento de sus proyectos en forma directa. En caso que esto se requiera y el grupo lo consiga por si mismo, esto debe ser canalizado a través de la SAR y previamente aprobado por la comisión directiva.

- Los GESAR deben presentar al menos una comunicación científica de los resultados del trabajo de su grupo en un período de 2 años y en el contexto del congreso argentino de reumatología. La presentación podrá hacerse en modalidad de póster o comunicación oral siguiendo los mismos lineamientos de presentación de trabajos científicos propuestos por el comité científico de la SAR.

- Los GESAR que no produzcan actividades científicas y/o administrativas durante 2 años seguidos serán disueltos.

- Toda situación no contemplada en la presente normativa será resuelta por la comisión directiva de la SAR.

- Sociedad Argentina de Reumatología

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